Defensa penal
Injurias y calumnias: diferencias, cómo actuar y qué indemnización pedir
Un comentario que te acusa de algo que no has hecho, un insulto público en redes, una crítica que cruza la línea. Injurias y calumnias son dos delitos que la gente suele mezclar, pero no son lo mismo, y esa diferencia decide cómo se defiende tu honor y qué pena se puede pedir.
En corto: la calumnia te atribuye un delito falso. La injuria te ofende o menosprecia sin llegar a imputarte un delito. Vamos a verlo con detalle.
Qué es la calumnia (art. 205 CP)
Es imputar a alguien un delito concreto sabiendo que es falso o con desprecio temerario a la verdad. Por ejemplo, acusar públicamente a una persona de haber robado o agredido cuando no es cierto.
Qué es la injuria (art. 208 CP)
Es la acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Para ser delito, la injuria tiene que ser grave: la ley exige que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sea tenida en el concepto público por grave.
Diferencias entre injuria y calumnia
| Calumnia | Injuria | |
|---|---|---|
| Qué se dice | Se imputa un delito falso | Se ofende o menosprecia |
| Prueba | Cabe librarse probando que era verdad | La verdad no siempre exime |
| Gravedad | Suele ser más grave | Depende de la ofensa |
Penas
Las penas dependen sobre todo de si hubo publicidad (que se difundiera ante varias personas o en medios y redes):
- Calumnia con publicidad: prisión de 6 meses a 2 años o multa.
- Injurias graves con publicidad: multa de 6 a 14 meses.
- Sin publicidad, las penas de multa son menores.
Cómo se denuncia: hace falta querella
Aquí está el punto que más sorprende. Las injurias y calumnias contra particulares son delitos privados: no basta con poner una denuncia, hay que presentar una querella (art. 215 CP). Además:
- Suele exigirse un acto de conciliación previo.
- El perdón de la persona ofendida extingue la acción.
- Hay plazos que conviene no dejar pasar.
Por eso es importante ordenar la reclamación desde el principio con un abogado penalista en Tenerife.
Injurias y calumnias en redes sociales
Cuando el ataque se publica en redes, foros o grupos, se entiende cometido con publicidad, lo que agrava la pena. Además, hay que actuar rápido para conservar las pruebas (capturas, enlaces, testigos) antes de que se borren. Si el caso tiene un componente digital, encaja con el trabajo del abogado de estafa por internet en Tenerife.
Si los ataques se producen entre pareja o expareja, el encuadre jurídico puede ser distinto al de las injurias entre particulares, y conviene que lo valore un abogado de violencia de género en Tenerife.
Indemnización
Además de la pena, se puede reclamar una indemnización por el daño moral causado a tu derecho al honor y a tu reputación. El importe depende de la difusión que tuvo el ataque y del perjuicio real que te haya provocado.
Preguntas frecuentes
¿Un insulto es siempre delito?
No. Solo las injurias consideradas graves son delito. Un exabrupto aislado muchas veces no llega a ese umbral.
¿Y si lo que dijeron de mí es verdad?
En la calumnia, probar que el hecho es cierto exime de responsabilidad. En la injuria, la verdad no siempre sirve de defensa.
¿Puedo denunciar sin abogado?
No basta la denuncia: se necesita querella, que exige abogado y procurador.
¿Cuánto tiempo tengo para actuar?
Estos delitos prescriben pronto, así que conviene no demorar la reclamación.
¿Han dañado tu honor con injurias o calumnias en Tenerife?
Ordeno las pruebas, preparo la querella y reclamo la indemnización que corresponda.
Javier Sanfiel, abogado penalista colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (nº 3584), con despacho en Santa Cruz de Tenerife.

