En este momento estás viendo Blanqueo de capitales: qué es, cuándo es delito y qué penas tiene

Blanqueo de capitales: qué es, cuándo es delito y qué penas tiene

Delitos económicos

Blanqueo de capitales: qué es, cuándo es delito y qué penas tiene

Art. 301 CPBlanqueoLectura 4 min

Se habla de blanqueo de capitales en los telediarios casi a diario, pero pocas veces se explica qué es en realidad y por qué puede afectar a personas que ni siquiera cometieron el delito del que sale el dinero.

En una frase: blanquear es dar apariencia legal a un dinero o unos bienes que proceden de un delito. El objetivo es que ese dinero «sucio» pueda usarse con normalidad sin levantar sospechas. Y la ley castiga tanto a quien lo genera como, en ciertos casos, a quien solo lo mueve o lo guarda.

Qué es el blanqueo de capitales (art. 301 CP)

El Código Penal castiga a quien adquiere, posee, utiliza, convierte o transmite bienes sabiendo que provienen de una actividad delictiva, con la finalidad de ocultar o encubrir su origen ilícito o de ayudar a quien lo cometió a eludir la justicia.

La clave es doble: el origen delictivo de los bienes y el conocimiento de ese origen por parte de quien los maneja.

El autoblanqueo: blanquear tu propio dinero

Un punto que sorprende a mucha gente: quien comete un delito y después blanquea el dinero que obtuvo también responde por blanqueo, además de por el delito original. Es lo que se conoce como autoblanqueo, y desde hace años está expresamente castigado.

Penas del blanqueo de capitales

El tipo básico se castiga con:

ModalidadPena
Blanqueo doloso (art. 301.1)Prisión de 6 meses a 6 años y multa del tanto al triplo del valor
Origen en tráfico de drogas u organizaciónPenas agravadas (mitad superior)
Blanqueo por imprudencia grave (art. 301.3)Prisión de 6 meses a 2 años y multa

Blanqueo por imprudencia

No siempre hace falta saber con certeza que el dinero es delictivo. Determinados profesionales del sistema financiero (banca, notarías, gestorías, inmobiliarias) tienen deberes de prevención impuestos por la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Si los incumplen de forma grave y facilitan una operación de blanqueo, pueden responder aunque no lo hicieran a propósito.

Qué se necesita para condenar (y cómo se defiende)

Rara vez hay una prueba directa. La condena suele apoyarse en indicios: incrementos de patrimonio sin justificar, operaciones sin lógica económica, uso de terceros o de sociedades pantalla.

Por eso la defensa se centra en justificar el origen lícito de los fondos y en romper esa cadena de indicios. Un abogado especialista en blanqueo de capitales en Tenerife analiza el flujo del dinero y la documentación bancaria para construir esa defensa.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cometer blanqueo sin haber cometido el delito previo?

Sí. Basta con mover o guardar bienes sabiendo que proceden de un delito ajeno.

¿Y si no sabía que el dinero era ilícito?

Sin conocimiento no hay blanqueo doloso, aunque en profesionales obligados puede haber imprudencia.

¿Cuánto dinero hace falta para que sea delito?

No hay un importe mínimo fijado; lo determinante es el origen delictivo y la conducta de ocultación.

¿Se investiga junto con Hacienda?

Es frecuente que el blanqueo aparezca ligado a delitos fiscales o económicos. Si ese es tu caso, un abogado penal económico en Tenerife puede llevar ambos frentes de forma coordinada.

¿Estás investigado por blanqueo de capitales en Tenerife?

Estudio el origen de los fondos y la prueba de cargo para preparar tu defensa.

Habla con un abogado de blanqueo de capitales en Tenerife

Javier Sanfiel, abogado penalista colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (nº 3584), con despacho en Santa Cruz de Tenerife.