Defensa penal
Delito de lesiones: leve, grave e indemnización a la víctima
Una pelea, un empujón que acaba mal, un golpe en una discusión de tráfico. El delito de lesiones aparece en situaciones muy cotidianas, y lo primero que hay que entender es que no todas las lesiones pesan igual ante la ley.
La diferencia entre un delito leve y uno grave no la marca lo aparatoso del golpe, sino el tratamiento médico que necesita la víctima para curarse. Ese detalle decide desde una multa hasta varios años de prisión.
Si el golpe acaba causando una muerte, el caso sale del terreno de las lesiones y depende de si hubo intención o descuido, análisis propio de la defensa en homicidio y asesinato.
Qué es el delito de lesiones (art. 147 CP)
Hay delito de lesiones cuando se causa a otra persona, por cualquier medio o procedimiento, un menoscabo en su integridad corporal o en su salud física o mental que, para sanar, requiere además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico.
Esa frontera (primera asistencia facultativa frente a tratamiento posterior) es la que separa el delito leve del delito básico.
Lesión leve, básica y agravada
| Tipo | Qué la define | Pena |
|---|---|---|
| Leve (art. 147.2) | Solo primera asistencia, sin tratamiento | Multa de 1 a 3 meses |
| Básica (art. 147.1) | Requiere tratamiento médico o quirúrgico | Prisión de 3 meses a 3 años o multa |
| Agravada (art. 148) | Con armas, ensañamiento o víctima vulnerable | Prisión de 2 a 5 años |
| Muy graves (arts. 149 y 150) | Pérdida de un órgano o miembro principal, deformidad, esterilidad | Penas superiores |
La indemnización a la víctima
Además de la pena, el responsable debe indemnizar por el daño causado. El cálculo se hace con el baremo que se usa para estos casos y tiene en cuenta:
- Los días de curación (básicos, impeditivos o de hospitalización).
- Las secuelas que queden.
- El daño moral y los gastos médicos.
Cada lesión se traduce en puntos y cada punto en una cantidad, por lo que el importe varía mucho de un caso a otro.
Riña y legítima defensa
No siempre quien golpea es el culpable. En una pelea mutua o cuando alguien se defiende de una agresión, entran en juego figuras como la legítima defensa o la provocación previa, que pueden eximir o rebajar la responsabilidad. Analizar quién empezó y cómo ocurrió todo es parte del trabajo de un abogado de lesiones en Tenerife.
Cuando el golpe se atribuye dentro de una relación de pareja, el caso puede pasar a tratarse como violencia de género, con un procedimiento propio que aborda la defensa en violencia de género.
Cómo se denuncia y plazos
Las lesiones básicas y agravadas se persiguen de oficio: basta con que los hechos lleguen al juzgado, normalmente con el parte médico como prueba central. Ese parte, junto con los testigos, es la base tanto de la acusación como de la defensa.
Tras una pelea con parte médico puede haber una detención en el mismo momento, y en ese caso un abogado de guardia 24 horas puede acudir a comisaría antes de la primera declaración.
Preguntas frecuentes
¿Un simple moratón es delito?
Si solo necesitó una primera cura, será un delito leve. Si hizo falta tratamiento posterior, sube a delito básico.
¿Sirve el parte de urgencias como prueba?
Sí. El parte médico es la prueba principal para acreditar la existencia y la gravedad de la lesión.
¿Y si fue en una pelea en la que los dos nos agredimos?
Pueden resultar responsables ambos, salvo que se acredite legítima defensa. Cada caso se valora por separado.
¿Puedo reclamar la indemnización aunque no haya condena de prisión?
Sí. La responsabilidad civil por las lesiones es independiente de que la pena sea de multa o de prisión. Para valorarla puedes apoyarte en un abogado penalista en Tenerife.
¿Te enfrentas a un delito de lesiones en Tenerife?
Valoro el parte médico, la calificación y la indemnización para defender tu caso.
Javier Sanfiel, abogado penalista colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma (nº 3584), con despacho en Santa Cruz de Tenerife.

