Abogado de cohecho en Tenerife

Una acusación de cohecho o corrupción mancha tu nombre desde el titular, seas funcionario o particular.
Llámame ahora al 626 11 25 58 o escríbeme por WhatsApp. La presión pública no puede sustituir a la prueba.
Abogado de cohecho en Tenerife
+7
Años de ejercicio
24 h
Asistencia al detenido
Canarias
Ámbito de trabajo

Abogado de cohecho en Tenerife: defensa penal para funcionarios y particulares

Soy Javier Sanfiel y asumo tu defensa como abogado de cohecho en Tenerife con rigor técnico y discreción absoluta, en procedimientos tan mediáticos como complejos. Defiendo a autoridades, funcionarios públicos, empresarios y particulares investigados por cohecho, tráfico de influencias, prevaricación o malversación, desde la primera citación del juzgado o de la Fiscalía hasta el juicio, con una defensa penal a medida.

Abogado penalista en casos de cohecho y corrupción: te juzgan antes en la calle

Te ves señalado por corrupción y, de pronto, todo el mundo opina sobre ti. La exposición pública, el daño a tu reputación y la complejidad del procedimiento hacen de estos casos un terreno especialmente duro. Pero una acusación no es una condena: hay que examinar la prueba con frialdad.
El cohecho distingue entre quien ofrece y quien recibe, entre el funcionario público y el particular, y se mezcla a menudo con el tráfico de influencias o la prevaricación. El Código Penal recoge varias modalidades (arts. 419 a 427 bis CP) y la pena cambia mucho según lo que se pagaba: no es lo mismo un acto contrario a los deberes del cargo que un acto propio del cargo o un simple regalo. Necesitas un abogado de cohecho en Tenerife que separe el ruido mediático de los hechos.
En estos casos la condena social llega antes que la judicial: basta un titular para que se te juzgue en la calle. Pero el procedimiento se gana con prueba, no con titulares. Mi trabajo es bajar el caso al terreno de los hechos y demostrar, dato a dato, lo que de verdad ocurrió.

Una acusación de corrupción se combate con discreción.

Cuanto antes hablemos, antes protegemos tu nombre y tu defensa.

Delitos de cohecho y contra la Administración pública que defiendo como abogado penalista

Defiendo a funcionarios y a particulares en los delitos contra la Administración pública que el Código Penal agrupa como corrupción, siempre con máxima reserva:

Cohecho pasivo propio e impropio

Defensa de la autoridad o funcionario público acusado de recibir o solicitar una dádiva, favor o retribución, o de aceptar un ofrecimiento o promesa, en provecho propio o de un tercero (arts. 419 a 422 CP).

Cohecho activo

Defensa del particular o la empresa acusados de ofrecer o entregar el soborno (art. 424), castigado con la misma pena de prisión y multa que al funcionario.

Tráfico de influencias

Defensa frente a la acusación de tráfico de influencias sobre funcionarios o autoridades (arts. 428 a 430 CP).

Prevaricación y delitos de la Administración

Defensa en prevaricación administrativa (art. 404) y otros delitos cometidos por funcionarios en el ejercicio de su cargo.

Corrupción en los negocios

Defensa en la corrupción entre particulares en el ámbito empresarial (art. 286 bis).

Malversación y fraude a la Administración

Defensa en delitos conexos como la malversación de caudales públicos (arts. 432 y siguientes) o el fraude a la Administración.

Cohecho propio e impropio: penas del Código Penal y cómo las peleo como abogado

En el cohecho la calificación lo decide casi todo. El cohecho propio, el de la autoridad o funcionario público que recibe o solicita una dádiva, favor o retribución, o acepta un ofrecimiento o promesa, para realizar un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o para no realizar o retrasar el que debía, se castiga con prisión de tres a seis años, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público de 9 a 12 años (art. 419 CP). En el cohecho impropio, para realizar un acto propio de su cargo, la pena baja a 2 a 4 años de prisión e inhabilitación de 5 a 9 (art. 420 CP); si solo admitió un regalo en consideración a su cargo, a 6 meses a 1 año de prisión y suspensión de 1 a 3 años (art. 422 CP). Las mismas penas se aplican cuando la dádiva llega después, como recompensa (art. 421), y a jurados, árbitros, peritos, administradores concursales y cualquiera que participe en la función pública (art. 423).
Si eres el particular, te corresponden las mismas penas de prisión y multa que al funcionario (art. 424). Hay dos supuestos que conviene conocer a tiempo: quien accede de forma ocasional a una petición de soborno queda exento de pena si lo denuncia antes de que se abra el procedimiento y dentro de los dos meses siguientes a los hechos (art. 426), y quien soborna en una causa criminal a favor de su cónyuge, su pareja o un familiar cercano tiene una pena de 6 meses a 1 año (art. 425). Si el caso alcanza a una empresa, esta puede responder con multa de hasta cinco años o del triple al quíntuple del beneficio obtenido (art. 427 bis), y entonces el plan de cumplimiento normativo también forma parte de la defensa.
El cohecho (arts. 419 a 426) lo juzga un Tribunal del Jurado en la Audiencia Provincial, salvo que el acusado sea aforado (art. 1.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado). Como abogado de cohecho en Tenerife trabajo sobre lo que de verdad se puede probar: si hubo acuerdo o solo una conversación, si la dádiva tenía relación con el cargo, si las escuchas y los registros se acordaron con garantías y si el acto era contrario o propio de la función. Pasar de un artículo a otro puede suponer años de diferencia en la prisión y en la inhabilitación.
El Tribunal Supremo entiende que el delito de cohecho se consuma con la mera solicitud o la aceptación del ofrecimiento, aunque el acto no llegue a realizarse, porque lo que se protege es la objetividad, la integridad y el buen funcionamiento de la Administración pública. Por eso tu defensa penal no puede limitarse a demostrar que el expediente se tramitó con normalidad: hay que discutir la prueba del propio acuerdo y su relación con el ejercicio del cargo.

¿Te investigan por un delito de corrupción?

Te investigan por un delito de cohecho: lo que te aconsejo como abogado

Ante una investigación por cohecho, la cabeza fría es esencial:
No declares sin estudiar la causa
Estos procedimientos son documentales y complejos; improvisar es un riesgo: lo que digas sobre la solicitud o la aceptación de una dádiva puede bastar para que se te acuse.
Conserva toda tu documentación
Correos, expedientes y registros pueden acreditar la legalidad de tu actuación.
No hagas declaraciones públicas
Lo que digas fuera del juzgado puede acabar dentro de él.

Así construyo tu defensa como abogado de cohecho en Tenerife, paso a paso

Quiero que sepas en todo momento qué va a pasar y por qué. Mi forma de trabajar es sencilla y transparente.
01

Primera conversación

Me cuentas qué ha pasado sin rodeos y te digo, con sinceridad, a qué te enfrentas y qué podemos hacer.
02

Análisis del caso

Estudio la causa, la prueba documental y las diligencias de investigación (escuchas, registros, informes policiales o de la Intervención), identifico los puntos fuertes y débiles y reviso cada prueba con lupa.
03

Estrategia a tu medida

Te propongo un plan de defensa adaptado a tu caso y te lo explico con detalle antes de dar un solo paso.
04

Defensa activa

Presento escritos, propongo pruebas, impugno la prueba obtenida sin garantías, negocio con la Fiscalía cuando te interesa y peleo cada vista con la mejor preparación posible.
05

Seguimiento constante

Te informo de cada avance para que estés tranquilo y nunca te sientas perdido en tu propio procedimiento.

Si te investigan, la discreción empieza hoy: cuéntame tu caso

Javier Sanfiel, abogado penalista especialista en cohecho en Tenerife

Soy colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de La Palma y ejerzo en toda la provincia de Santa Cruz de Tenerife. Tras más de 7 años de experiencia como abogado, el derecho penal es mi vocación, en sus dos vertientes: la ordinaria y la militar.
El cohecho y los delitos de corrupción combinan penal económico, prueba documental y exposición pública, un conjunto que trabajo con rigor y discreción desde mi despacho de abogados en Santa Cruz de Tenerife.
Trabajo con espíritu luchador y un principio innegociable: la honestidad. Si tu caso no tiene recorrido, te lo digo desde el primer día; si lo tiene, lo peleo como un abogado de cohecho en Tenerife que da la cara y te trata de tú a tú.
Javier Sanfiel, tu abogado de cohecho y corrupción en Tenerife

Opiniones y reseñas de mi bufete de abogados en Tenerife

La confianza no me la doy yo, me la dan las personas que han pasado por aquí. Estas son sus opiniones reales, verificadas desde Google.

Abogado de cohecho y delitos de corrupción en Santa Cruz de Tenerife y toda Canarias

Mi despacho de abogados está en Santa Cruz de Tenerife, pero mi actividad no se queda en la capital. Atiendo casos en el Tenerife Sur (Arona, Adeje, Granadilla de Abona) y en toda la isla, y me desplazo por el resto de las islas Canarias cuando un asunto lo requiere.
Conozco los juzgados de instrucción y la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, sus tiempos y su forma de trabajar, y eso es una ventaja real para tu caso. Da igual en qué punto de la isla estés: si necesitas abogados de cohecho en Tenerife que respondan rápido, estoy a una llamada.

Estés donde estés en Canarias, tu defensa empieza con una llamada

Preguntas frecuentes a un abogado de cohecho

¿Qué diferencia hay entre cohecho activo y pasivo, y entre propio e impropio?

El cohecho pasivo es el del funcionario que recibe o solicita; el activo, el del particular que ofrece o entrega, que recibe la misma pena de prisión y multa que el funcionario (art. 424 CP). Además, el cohecho es propio cuando se paga para realizar un acto contrario a los deberes del cargo (art. 419 CP) e impropio cuando se trata de realizar un acto propio de su cargo (art. 420 CP). La defensa varía según tu posición, y por eso conviene un análisis específico.

Soy funcionario y me investigan, ¿qué hago?

No declarar sin asesorarte y conservar toda la documentación. Estudio la causa para construir tu defensa sobre la prueba real, no sobre la versión mediática. Como autoridad o funcionario público, además de la pena de prisión te juegas la inhabilitación especial para empleo o cargo público.

¿Garantizas confidencialidad?

Sí. Estos procedimientos exigen máxima reserva, dentro y fuera del juzgado, y así los trato.

¿Atiendes en toda Canarias?

Sí. Trabajo en Santa Cruz de Tenerife, en el resto de la provincia y en el archipiélago, desplazándome cuando el caso lo exige.

¿Qué consecuencias puede tener un delito de cohecho?

Depende del tipo. Si el pago buscaba un acto contrario a los deberes del cargo, la pena es de 3 a 6 años de prisión, multa de 12 a 24 meses e inhabilitación de 9 a 12 años (art. 419); si buscaba un acto propio del cargo, de 2 a 4 años de prisión e inhabilitación de 5 a 9 años (art. 420); y si el funcionario solo admitió un regalo por razón de su cargo, de 6 meses a 1 año de prisión y suspensión de 1 a 3 años (art. 422). Si el caso afecta a una contratación pública o a una subvención, el particular y su empresa pueden quedar además inhabilitados de 5 a 10 años para contratar con la Administración (art. 424.3). Por eso conviene una defensa que pelee tanto la calificación como las consecuencias.

¿Necesito abogados especialistas en cohecho o me vale cualquier penalista?

El cohecho tiene particularidades: suele llegar tras meses de investigación con escuchas, informes patrimoniales y documentación administrativa, lo juzga un jurado y se mezcla con la prevaricación, el tráfico de influencias o la malversación. Un error al declarar o al calificar los hechos puede costar años de inhabilitación. Necesitas un abogado que conozca estos procedimientos y los lleve con la máxima reserva.

Accedí a pagar lo que me pidió un funcionario, ¿puedo evitar la condena?

Puede que sí. Si eres un particular que accedió de forma puntual a la petición del funcionario, el art. 426 del Código Penal te exime de pena si lo denuncias antes de que se abra el procedimiento y no han pasado más de dos meses desde los hechos. El plazo es muy corto y la forma de presentar la denuncia importa: llámame antes de dar ningún paso.

¿Un regalo a un funcionario es delito de cohecho?

Puede serlo. El funcionario que admite un regalo ofrecido en consideración a su cargo comete cohecho aunque no se le pida nada a cambio (art. 422), y el particular que lo ofrece también (art. 424). Lo que decide es la relación con el cargo, el valor y el contexto: no es lo mismo una atención de cortesía socialmente aceptada que un regalo a quien tramita tu expediente. Es uno de los puntos donde más margen tiene la defensa.

¿Cómo es la primera consulta con un abogado de cohecho?

La primera consulta cuesta 75 €, presencial en mi despacho de abogados de Santa Cruz de Tenerife u online por videollamada. Reviso la citación, la querella o lo que conste de la investigación, te explico a qué te enfrentas y, si el asunto avanza, te indico el presupuesto de la defensa antes de empezar. Tienes todo el detalle en la página de primera consulta.

Te investigan por corrupción: hablemos con discreción

Si estás leyendo esto, es porque algo te preocupa. No lo afrontes solo ni dejes pasar el tiempo: en derecho penal, actuar pronto es media defensa ganada. Cuéntame tu caso y te diré con sinceridad cómo puedo ayudarte.

Otros servicios de derecho penal en Tenerife

Cada caso es distinto. Si el tuyo encaja mejor en otra rama del derecho penal, aquí tienes el resto de servicios en los que te defiendo en Tenerife y en toda Canarias.

Visítame en mi despacho de Santa Cruz de Tenerife

Javier Sanfiel · Abogado

C. Porlier 91, 2ª · 38007 Santa Cruz de Tenerife

Tel. 626 11 25 58

Col. 3584 · ICA Santa Cruz de La Palma

Atención en toda Canarias, presencial y telemática.